¿CUANTO DURA EL TRAMITE EN LA ANSES?

Para el Personal Docente Universitario y PreUniversitario: Tiempo estimado de 6 meses a 1 año. Para el Personal NoDocente: Tiempo estimado de 120 días. ANSeS te comunicará a vos o a la Universidad la fecha de cobro y el monto del haber jubilatorio vía correo postal, teléfono, correo electrónico o web. El seguimiento del trámite podrás consultarlo a través de la página web de la ANSeS (anses.gob.ar).

¿QUE DOCUMENTACION DEBO PRESENTAR EN LA ANSES?

El día en que fuera otorgado el turno, deberás estar presente con: La Certificación de Servicios expedida por la Universidad. Las Certificaciones de Servicios expedidas por tus otros empleadores de orden nacional. Documento Nacional de Identidad (original y copia). Constancia de inicio de reconocimiento de servicios en la Provincia de Buenos Aires emitida por el Instituto de Previsión Social de la Provincia o, en su defecto, certificación negativa del mismo. Si pertenecés al Personal Docente, copia de la Resolución de… ¿QUE DOCUMENTACION DEBO PRESENTAR EN LA ANSES?

PARA INICIAR LOS TRAMITES JUBILATORIOS, ¿SOLICITO TURNO EN LA ANSES?

Sí, ANSeS requiere que solicites turno. Podrás  ingresar en www.anses.gob.ar, luego accederás al apartado Trámites en Línea – Solicitud de Turnos. Controlarás tus datos personales. (Atención! tienen carácter de Declaración Jurada!). Elegirás la Sede de ANSeS y el turno disponible. Imprimirás la constancia del turno generado. Si constataras que alguna información es incorrecta o incompleta, deberás dirigirte personalmente a la Sede de ANSeS más cercana a tu domicilio para completarla o actualizarla. IMPORTANTE: No saques turno hasta tener en mano… PARA INICIAR LOS TRAMITES JUBILATORIOS, ¿SOLICITO TURNO EN LA ANSES?

¿COMO INICIO EL TRAMITE SI ME ENCUENTRO ACTIVO ANTE LA UNIVERSIDAD PARA OBTENER MIS CERTIFICADOS?

La Dirección de Certificaciones Previsionales NO acepta documentación en Formato Papel, solo la Expide atento a que es requisito de ANSES. Por lo tanto, para iniciar el trámite deberás hacer lo siguiente: En la Página de la UNLP clic en Administración, cuando se despliegue, clic en Personal y dentro de Personal buscar Jubilaciones, cliquear y elegir el Formulario según las funciones que desempeñas en la Universidad Docente Universitario: Seleccionar el Formulario Res. 1067/18, descargarlo, seleccionar la Opción deseada, sacarle una… ¿COMO INICIO EL TRAMITE SI ME ENCUENTRO ACTIVO ANTE LA UNIVERSIDAD PARA OBTENER MIS CERTIFICADOS?

¿CUAL SERA EL PREMIO?

Si te adhirieras en el transcurso del año que reunís los requisitos de la Ley 24241 (65 años de edad y 30 años o más de aporte): 10 sueldos nominales menos los aportes de Ley al momento de la baja de servicios por obtención del beneficio jubilatorio o $ 100.000.- (lo que sea mayor). Si sos mujer, para obtener este premio de 10 sueldos, podrás optar entre adherirte desde los 60 años hasta los 65 años de edad, inclusive. Si… ¿CUAL SERA EL PREMIO?

Si pertenecés al Personal Docente PreUniversitario

Varones: mayores de 60 años con 25 años de aportes. Mujeres: mayores de 57 años con 25 años de aportes. En todos los casos, tendrás que presentarte en la Dirección de Certificaciones Previsionales para completar el correspondiente formulario.

Si pertenecés al Personal Docente Universitario

Varones: mayores de 65 años con 25 años de aportes. Mujeres: mayores de 60 años con 25 años de aportes. Ambos podrán optar por permanecer trabajando hasta los 70 años, siempre y cuando reúnan los requisitos de la legislación previsional vigente y de las normas internas de la Universidad.

HA LLEGADO EL MOMENTO: ¿RENUNCIA DEFINITIVA o RENUNCIA CONDICIONADA?

¿RENUNCIA DEFINITIVA o RENUNCIA CONDICIONADA? RENUNCIA DEFINITIVA: Es una renuncia que implica que ya no continuarás trabajando, por lo tanto, no prestarás servicios y no recibirás sueldo. RENUNCIA CONDICIONADA: Esta renuncia está condicionada a la obtención de la jubilación, por lo tanto, continuarás trabajando y percibiendo haberes hasta que: Obtengas la Jubilación o venzan los plazos establecidos en el Decreto 1445/69 que reglamenta los tiempos del Decreto 8820/62, o sea, en la Universidad, un año desde que te notificaron que… HA LLEGADO EL MOMENTO: ¿RENUNCIA DEFINITIVA o RENUNCIA CONDICIONADA?