Conflicto en Medicina. La Justicia respalda la posición de la UNLP

La Justicia local falló a favor de una de las estudiantes de Medicina que litigaron contra las máximas autoridades de esa facultad y determinó que no se le debe exigir el cumplimiento de los requisitos estipulados hace cuatro años por la unidad académica para ingresar a la Práctica Final Obligatoria (PFO), último tramo de la carrera.
El fallo del Juzgado en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo Federal de La Plata coincide con el criterio expresado por el Consejo Superior de la UNLP, que en septiembre de 2012 resolvió que “las modificaciones a los planes de estudio de las carreras de grado no pueden ser aplicadas en forma retroactiva (Resolución 300/12) ”
Cabe destacar que el fallo, que lleva la firma del Juez Adolfo Gabino Ziulu, quedará firme y no podrá ser apelado por las autoridades de la facultad de Medicina, debido a que el magistrado le dictó la “falta de legitimación” para actuar por incumplimiento de plazos procesales.
Concretamente, la sentencia sostiene la inaplicabilidad de las Resoluciones 561/10 y 602/10 de la Facultad de Ciencias Médicas, por las cuales se le exigía a los estudiantes tener aprobada la totalidad de los exámenes finales de todas las materias de la carrera para poder inscribirse a cursar la Práctica Final Obligatoria (PFO).
Cabe recordar que, en 2010, Medicina dictó la resolución que indicaba que para ingresar a la PFO a partir de ese año “los estudiantes no pueden deber ninguna materia”. Frente a ese nuevo escenario, los estudiantes que ingresaron antes del 2010 denunciaron que ello implicaba un “cambio de plan de estudios sobre la marcha” y que, por lo tanto, esas nuevas exigencias no podían aplicarse en forma retroactiva.
En septiembre de 2012, el tema se debatió en el ámbito del Consejo Superior de la UNLP, que terminó dando la razón al planteo hecho por los estudiantes. Así quedó expresado en la Resolución 300/12 que establece que las modificaciones a los planes de estudio de las carreras de grado no pueden ser aplicadas en forma retroactiva.
No obstante, la Facultad mantuvo su postura y llevó el tema a la justicia en octubre de ese año.
Para las autoridades de la UNLP, el fallo del Juez Ziulu representa un gran avance, ya que sienta un valioso precedente jurídico y, consecuentemente, tendrá repercusión directa sobre las más de 400 causas similares que se tramitan actualmente en la justicia local.
La sentencia exhorta además a las autoridades de la UNLP y Medicina a encontrar “la solución definitiva de estas controversias en el propio ámbito de la comunidad universitaria y en un marco de estricto apego a la Constitución y a la ley”.
En uno de los pasajes más salientes de la sentencia, el Juez sostiene que “no resulta conveniente para el desarrollo de la enseñanza y de la investigación científica -y tampoco para el interés social- que un número importante de estudiantes universitarios deban recurrir a los estrados judiciales en la búsqueda de soluciones que le permitan desarrollar su carrera universitaria. Con ello se distrae un valioso esfuerzo y un considerable tiempo por parte de autoridades, docentes y alumnos que debería ser volcado a la formación profesional, científica y humanística de quienes están llamados a cumplir relevantes funciones en bien de la comunidad.