Programa contra la violencia de género en la UNLP

    La Prosecretaría de Derechos Humanos de la UNLP junto con la Mesa de Género integrada por los gremios, FULP, ADULP, y ATULP y las unidades académicas Psicología, FaHCE, FTS, FBA, FCJyS, FPyCS, realiza un Programa Contra la Violencia de género en donde se interviene en casos de:

    Violencia de género: física, simbólica, psíquica, económica y sexual.

    Discriminación: toda conducta, acción, omisión, comentario que discrimine, excluya o estereotipe a las personas por su género, identidad de género u orientación sexual. 

    DENUNCIÁ

    Las personas que se consideren afectadas o terceros que visualicen o presencien situaciones de discriminación o violencias de género podrán poner en conocimiento los hechos ante los servicios de atención en la Unidad Académica o ante el Programa Contra la Violencia de Género de la UNLP.

    La denuncia podrá ser realizada en forma personal, por escrito, en forma telefónica o por correo electrónico

    EVALUACIÓN DE RIESGOS

    Recibida la denuncia y oída la persona afectada se evaluará la gravedad del hecho denunciado. Se realizará un informe de Evaluación de Riesgo que será firmado por el equipo interdisciplinario de la Unidad Académica o del Programa. Se deberá notificar a la persona que señalada como posible responsable de lo que se le imputa y se garantizará el ejercicio de su defensa, presentando su descargo. El plazo de la presentación del descargo será de cinco días desde la notificación.

    Las personas involucradas serán notificadas y se elevará el informe a la autoridad competente para que adopte las medidas que considere pertinentes.

    COMUNICACIÓN FORMAL A LA AUTORIDAD

    Se informará de inmediato los hechos a la autoridad universitaria de donde dependa el presunto infractor al presente protocolo

    PROCESO DISCIPLINAR

    Recibido el Informe de Riesgo, si este incluye el pedido de adopción de medidas urgentes, deberá exhortar a quien se denuncie a cesar en la comisión de las conductas atribuidas. De considerarlo se podrá resolver mediante acto fundado la suspensión preventiva de acuerdo a la reglamentación vigente y teniendo en cuenta las medidas de protección integral de las mujeres de la Ley Nacional 26.485.

    CONFIDENCIALIDAD

    El tratamiento de la denuncia es estrictamente confidencial, con previo consentimiento informado de quien denuncia.

    ACOMPAÑAMIENTO

    Asesoramiento gratuito de las respectivas áreas de la institución, en las instancias previas, en el desarrollo y en todo trámite posterior a la denuncia.

     Respeto y privacidad de la voluntad de la persona en cuanto a las acciones que decida realizar que la afecten directamente, así como la confidencialidad de los datos que expresamente manifieste querer tener en reserva. En ese caso, se darán a conocer los datos estrictamente necesarios para garantizar el derecho de defensa de la persona señalada como posible responsable de los hechos denunciados, evitando la publicidad y utilización política del caso.

     No revictimización: se evitará la reiteración innecesaria del relato de los hechos, y la exposición pública de la persona denunciante y los datos que permitan identificarla.

     Articulación y coordinación con las distintas áreas institucionales de la Universidad Nacional de La Plata, así como también las áreas involucradas en la temática del ámbito nacional, provincial o municipal.