Ciencia: El financiamiento es de nosotros, las patentes son ajenas

El 23% de las solicitudes de patentes con participación de investigadores responsables de proyectos financiados por el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Nación tienen titulares extranjeros y fueron tramitadas principalmente en oficinas de otros países. Dicho en términos más crudos, el Estado argentino costea, al menos, una parte de las innovaciones patentables, pero los beneficios económicos directos de los desarrollos científicos y tecnológicos quedan en el exterior.

Con estos datos en la mano, la Agencia I+D+i, encargó al Centro Interdisciplinario de Estudios en Ciencia, Tecnología e Innovación (CIECTI) la elaboración de una serie de estudios para armar sus lineamientos de políticas de propiedad intelectual. Un investigador de la Universidad Nacional de La Plata participó activamente de la elaboración de uno de los informes junto a un grupo de especialistas en propiedad intelectual de distintas instituciones públicas.

El trabajo realizado ofrece evidencia empírica sistémica acerca de un desacople al que se denomina apropiación cognitiva: las invenciones patentables originadas en el financiamiento público del sistema de ciencia, tecnología e innovación (CTI) de Argentina son, en muchos casos, objeto de apropiación por parte de titulares extranjeros (mayormente del sector privado).

Se denomina “apropiación cognitiva” a la relación social por la cual la titularidad de conocimientos cuyo desarrollo fue financiado parcial o totalmente por instituciones públicas nacionales recae en otros actores, particularmente en privados extranjeros.

Santiago Liaudat, investigador de la Universidad Nacional de La Plata y uno de los autores de este trabajo expresó: “Aunque la apropiación cognitiva puede tomar forma respecto de distintos tipos de conocimientos y en diversos contextos espaciotemporales, nuestra investigación se enfoca en los conocimientos científico-tecnológicos desarrollados en la Argentina en los últimos años”.

El investigador de la UNLP detalló: “La apropiación cognitiva se enmarca en dos tendencias vinculadas, aunque razonablemente autónomas. Por un lado, la silenciosa pero persistente apropiación impaga de conocimientos de parte de las firmas y países exitosos en el proceso de acumulación de capital. Por otro lado, las limitaciones del aparato productivo argentino para apropiarse de los conocimientos generados por el sistema CTI local”.

Las patentes son títulos de propiedad que, en caso de ser otorgadas, generan exclusividad de uso y comercialización de la invención o desarrollo patentado, por parte de sus titulares. Están reguladas a nivel internacional por distintos organismos y tratados multilaterales, pero son de aplicación nacional, es decir que deben ser aprobadas en cada país.

El investigador de la casa de estudios platense describió los pasos esenciales del trabajo: “Al efecto de operacionalizar la apropiación cognitiva y medirla empíricamente se requiere contrastar la titularidad de solicitudes de patentes con la pertenencia institucional de los investigadores que han realizado los aportes cognitivos. En este sentido nos parecía conveniente medir la presencia en las patentes no solo de los investigadores cuyos salarios fueran pagados por organismos de investigación y educación superior nacionales, sino en particular de quienes también hubieran solicitado financiamiento público para la realización de sus investigaciones. Se consideró para ello el principal instrumento de financiación de la actividad en la Argentina: los Proyectos de Investigación Científica y Tecnológica (PICT), pertenecientes al Fondo para la Investigación Científica y Tecnológica (FONCYT) de la Agencia I+D+i”.

“La obtención de los resultados requirió un complejo trabajo de empalme que resultó en la identificación de 932 solicitudes de patentes entre 2003 y 2019 en las que al menos uno de los inventores y/o solicitantes era investigador responsable (IR) que había postulado al menos un PICT adjudicado o no adjudicado entre 2003 y 2014”.

“Un dato relevante que surge de este estudio es que si bien la apropiación cognitiva está distribuida entre los distintos tipos de desarrollos, esta se destaca en las actividades vinculadas a Ciencias Médicas o Veterinaria, y en Química Orgánica, mientras que se produce en menor medida en Física y Agricultura y Ganadería, adonde se destacan las titularidades de organismos públicos”, destacó Liaudat.

A partir del entrecruzamiento de bases de datos de la Agencia I+D+i (FONCYT) y la OMPI (Patentscope) se identificaron 932 solicitudes de patentes en las que figuraban como inventores y/o solicitantes 784 Investigadores Responsables de proyectos PICT (adjudicados o no) cuyos empleadores eran organismos públicos del sistema de ciencia tecnología e innovación de la Argentina. De acuerdo con la normativa nacional e institucional, y salvo situaciones excepcionales, la institución empleadora debe ser la titular de las invenciones realizadas en el marco de las actividades laborales.

En el relevamiento realizado por el equipo de investigadores se encontró que el 52% de las patentes solicitadas no tienen como titulares a los organismos públicos que financiaron la investigación mediante salarios, subsidios, infraestructura y otros aportes. La apropiación cognitiva en sentido estricto está constituida por las 213 solicitudes de patentes (23%) que tienen titulares extranjeros: principalmente empresas (143, 15,3% del total), y en menor medida organismos de investigación y educación superior extranjeros.

Esto significa que más de la mitad de las solicitudes de patentes de proyectos que fueron financiados con fondos públicos no tienen como titulares a los organismos estatales que financiaron la investigación mediante salarios, subsidios, infraestructura y otros aportes. En particular, un 23% tiene como titulares a empresas u organismos extranjeros.  Esto se opone en muchos casos a la normativa vigente, que establece que la institución empleadora debe ser la titular de las invenciones realizadas en el marco de las actividades laborales.

Liaudat echó luz sobre esta cuestión: “Hay 3 grupos: uno cumple con la normativa, otro tiene titulares a empresas y personas físicas argentinas; y otro grupo tiene a empresas y organismos de cyt extranjeros. En rigor hay apropiación cognitiva en los dos grupos que no cumplen la normativa, pero decidimos concentrarnos en las extranjeras, entendiendo que si son nacionales es una discusión más compleja, ya que puede ser visto como algo positivo, según algunas miradas.

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“Las consecuencias que la apropiación cognitiva tiene sobre las posibilidades de desarrollo de nuestro país deben ser ampliamente consideradas. La sociedad argentina costea mediante un esfuerzo importante la inversión pública en ciencia, tecnología e innovación con miras a mejorar el desempeño de su economía y el bienestar de su sociedad, es decir, a avanzar en el sendero del desarrollo. Sin embargo, una parte significativa de ese esfuerzo para incrementar el valor agregado y el contenido tecnológico de la estructura productiva del país —acaso la parte más importante en términos de valor de mercado— es privatizada y extranjerizada sin ningún beneficio evidente para el desarrollo argentino”, concluyó el investigador.

El grupo de investigadores que realizó este desarrollo está integrado por Santiago Liaudat del Laboratorio de Estudios en Cultura y Sociedad, Facultad de Trabajo Social, Universidad Nacional de La Plata; Mariano Zukerfeld del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas-Centro de Ciencia Tecnología y Sociedad-Equipo de estudios sobre Tecnología, Capitalismo y Sociedad-Universidad Maimónides; Fabián Andrés Britto de la Universidad Nacional de Quilmes, Centro Interdisciplinario de Estudios en Ciencia, Tecnología e Innovación; Mariano Pereira de la Universidad Nacional de General Sarmiento y Centro Interdisciplinario de Estudios en Ciencia, Tecnología e Innovación; Octavio Lerena de la Universidad Nacional de General Sarmiento y Centro Interdisciplinario de Estudios en Ciencia, Tecnología e Innovación.

El trabajo completo está publicado en la revista Desarrollo Económico y en el capítulo 7 del libro “Políticas de promoción del conocimiento y derechos de propiedad intelectual: experiencias, propuestas y debates para la Argentina”, de descarga libre y gratuita, que será presentado el jueves 30 de junio en la Universidad Nacional de La Plata. Es parte de un conjunto de investigaciones que sirvieron como evidencia empírica para la definición de los lineamientos de propiedad intelectual que recientemente lanzó la Agencia I+D+i para todos los proyectos que financie.