La UNLP resolvió ampliar los términos del la resolución 699/20 dejando establecido que se otorgarán facilidades académicas y administrativas a todo el personal docente y Nodocente que, mientras dure la suspensión de clases en las escuelas, deba quedarse al cuidado de sus hijos.
Por ello, se considerará justificada la inasistencia al trabajo al padre, madre o adulto responsable que deba quedarse al cuidado del niño, niña o adolescente.
{{article_media:25045|size:medium|&|caption:VER RESOLUCIÓN 796/20}}