Trámites y Normativas de la Dirección de Certificaciones Previsionales

Trámites:
a) Tipos de trámites que realiza el sector:
Recepción de la documentación proveída por la facultad o Dependencia al  interesado.
Posterior confección de los certificados, según la solicitud del agente y la Ley que le corresponda de acuerdo a los servicios prestados.
Certificación de firmas
Entrega de la documentación solicitada al interesado o su apoderado.

b) ¿Qué documentación se debe presentar para realizar dicho tramite?
Para Reconocimiento de Servicios y/o inicio de trámite jubilatorio:
Formularios de Altas y Bajas, Adicional de Altas y Bajas, P.S 6.1 y P.S 5.7.
(En el caso de docentes Universitarios que solicitan Ley 26.508 o Ley 22.929 adjuntar también certificado redactado firmado por Autoridad Superior con todos los cargos y la dedicación de cada uno).

Docentes Universitarios que solicitan el  cambio de Ley Previsional: certificado redactado firmado por Autoridad Superior, en dónde consten todos los cargos con la respectiva dedicación.
Docentes Universitarios que solicitan reajustes en su haber jubilatorio: certificado de actualización de sueldo (solo los dependientes de esta Presidencia)

No-Docentes que solicitan reajustes en su haber jubilatorio: certificado de actualización de sueldo (solo los dependientes de esta Presidencia)

La documentación en referencia debe ser en ORIGINAL.

Tiempo estimado para la realización del trámite, según Res. nº 1749/80: treinta (30) días, con la certificación de firmas correspondiente de la A.N.Se.S.
Diez (10) días con la certificación de firmas en el Banco de la Nación Argentina, a cargo del interesado.

Normativa:
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Formularios:
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Contactos:
Jefes de Personal y Secretarios Administrativos de Facultades y Dependencias.