La Ordenanza 260/02 se aplicará a los Juicios Académicos que se promuevan a los Profesores Ordinarios y Extraordinarios de la enseñanza superior de la UNLP por hallarse presuntamente incursos en las causales de remoción establecidas en la presente ordenanza.
Accede a la “REGLAMENTACIÓN DE JUICIOS ACADÉMICOS”- Ordenanza Nº 260/02.
La Ordenanza 289/16 reglamenta lo dispuesto en el Artículo 1º del Estatuto de la UNLP, tendiente a impedir el ingreso, permanencia o pertenencia al ámbito de esta Universidad de personas involucradas en la violación a los derechos humanos o terrorismo de Estado.
Accede a la “REGLAMENTACIÓN DEL ARTÍCULO 1º DEL ESTATUTO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA” – Ordenanza Nº 289/16.
La Ordenanza 304/23 constituye el reglamento que tiene por objeto establecer las normas y los procedimientos para la creación, organización y funcionamiento del Comité Universitario de Ética en la Investigación en o con Seres Humanos de la UNLP.
Accede al “RÉGIMEN DE CONFORMACIÓN Y FUNCIONAMIENTO PARA EL COMITÉ UNIVERSITARIO DE ÉTICA EN LA INVESTIGACIÓN EN O CON SERES HUMANOS Y COMITÉS LOCALES DE ÉTICA EN LA INVESTIGACIÓN EN O CON SERES HUMANOS EN FACULTADES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA” Ordenanza Nº 304/23.
La Disposición Nº 410 establece el Protocolo de actuación ante situaciones de discriminación y/o violencia de género en la Universidad Nacional de La Plata, el mismo es sustentado en los principios que fundamentan el Programa Contra la Violencia de Género de la Universidad Nacional de La Plata y sus objetivos son:
a.- Garantizar en la comunidad universitaria un ambiente libre de discriminación, hostigamiento, y violencia por razones de género o diversidad sexual, promoviendo condiciones de igualdad v equidad.
b.- Propiciar la transversalidad de la perspectiva de género en las políticas y prácticas institucionales de la Universidad.
c.- Generar ámbitos de confianza y seguridad para que las personas afectadas puedan exponer su situación, a fin de hacerla cesar de inmediato y establecer, en su caso y a través de los procedimientos de investigaciones vigentes, las responsabilidades y sanciones correspondientes.
d.- Poner a disposición de las personas afectadas el asesoramiento y la asistencia que puedan requerir para reparar los daños que pudiesen haber sufrido, sin excluir otros mecanismos previstos por las leyes.
e,- Procurar cambios de conducta relativos a la discriminación y las violencias basadas en género y diversidad u orientación sexual.
f.- Elaborar estadísticas y realizar un análisis sistemático de situaciones relativas a la discriminación, hostigamiento y violencia por razones de género o diversidad sexual, a fin de adoptar nuevas medidas de prevención y perfeccionar las existentes.
g.- Difundir el presente Protocolo y los servidos de atención existentes en cada unidad académica, así como los efectores del sistema público universitario.
h.- El derecho a una vida sin violencia.
Accede al “PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE SITUACIONES DE DISCRIMINACION Y/O VIOLENCIA DE GÉNERO EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA” – Disposición Nº 410.
La Resolución Nº 3609/20 establece el alcance del Articulo 3 del Protocolo Institucional de UNLP frente a las violencias de género a entornos virtuales y violencias telemáticas y encomienda a la Prosecretaria de Derechos Humanos que, cuando las condiciones sanitarias lo permitan, retome el trabajo institucional de revisión del Protocolo contra la Discriminación y la Violencia de Género, iniciado en noviembre de 2019 junto a la Secretaría de Asuntos Jurídico-Legales, representantes de la Asociación de Docentes de la Universidad Nacional de La Plata (ADULP), de la Asociación de Trabajadores de la Universidad Nacional de La Plata (ATULP) y de la Federación Universitaria Universidad Nacional de La Plata e investigadoras que integran la Mesa Institucional de Género, cuyas reuniones presenciales se vieron interrumpidas por el contexto extraordinario de pandemia.
Accede a la Resolución Nº 3609/2020
La Resolución Nº 5792/19 establece un régimen de licencia por violencia de género para docentes y nodocentes de la UNLP.
Accede al “RÉGIMEN DE LICENCIAS POR VIOLENCIA DE GÉNERO”- Resolución Nº 5792/19.
La Resolución 101/23 crea el “Programa de Fortalecimiento de Unidades de Prevención y Atención de Situaciones de Violencia y Discriminación por Razones de Género”. Este programa, impulsado por la Secretaría de Derechos Humanos y Políticas de Igualdad, tiene como objetivo fortalecer las unidades de atención (UDAs) en cada facultad, garantizando equipos interdisciplinarios y formación continua.
Accede al “PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO DE UNIDADES DE PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE SITUACIONES DE VIOLENCIA Y DISCRIMINACIÓN POR RAZONES DE GÉNERO” – Resolución Nº 101/23.
La Guía para el fortalecimiento de estratégicas de intervención frente a la(s) violencia(s) por razones de genero(s) en el ámbito universitario busca fortalecer la política de género en la UNLP, orientando el trabajo de las unidades de atención a la violencia de género. Basado en experiencias institucionales y guías oficiales, propone lineamientos para mejorar estrategias de abordaje, visibilizar acciones y consolidar la institucionalidad en la materia.
Accede a la “GUÍA PARA EL FORTALECIMIENTO DE ESTRATEGIAS DE INTERVENCIÓN FRENTE A LA(S) VIOLENCIA(S) POR RAZONES DE GÉNERO(S) EN EL ÁMBITO UNIVERSITARIO”.
La Ordenanza Nº 276/08 establece el Régimen de Investigaciones Administrativas en la UNLP. Aplica a todo el personal y regula la sustanciación de investigaciones, incluyendo sumarios y medidas disciplinarias. Define la competencia y funciones de los instructores, las normas de procedimiento, las medidas preventivas y las sanciones aplicables. También establece los plazos, derechos de los sumariados, pruebas, declaraciones y la relación con procesos judiciales. Su objetivo es garantizar un proceso ordenado y transparente para la determinación de responsabilidades administrativas de la UNLP.
Accede al “RÉGIMEN DE INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS”- Resolución Nº 276/08.
La Ordenanza Nº 183/87 establece el Régimen Disciplinario para Alumnos de la UNLP, aplicable a todos los estudiantes regulares, libres e inscriptos en cursos de ingreso. Define sanciones que van desde apercibimientos y suspensiones hasta la expulsión, según la gravedad de la falta. Regula el procedimiento disciplinario, incluyendo la investigación sumaria, derechos del alumno y plazos de prescripción. Su objetivo es garantizar el cumplimiento de normas de conducta dentro de la comunidad universitaria.
Accede al “RÉGIMEN DISCIPLINARIO PARA ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA” – Ordenanza Nº 183/87.
La Ordenanza Nº 164/85 establece el Régimen de Dedicaciones y Compatibilidades para docentes de la Universidad Nacional de La Plata (UNLP). Define distintos tipos de dedicaciones: exclusiva, completa, parcial y simple, con requisitos específicos de carga horaria y funciones. Regula la compatibilidad de cargos, estableciendo límites de acumulación y criterios para evaluaciones periódicas. También fija normas sobre incompatibilidades y condiciones para asesoramientos externos. Su objetivo es garantizar una distribución equitativa del trabajo docente y fortalecer la investigación y extensión universitaria.
Accede al “REGIMEN DE DEDICACION Y COMPATIBILIDADES” – Ordenanza 164/85.
La Ordenanza 101/72 de la UNLP regula el procedimiento administrativo dentro de la institución. Establece las normas para la tramitación de expedientes, plazos, notificaciones y recursos administrativos. También define los derechos y obligaciones de las partes involucradas en los procesos administrativos y disciplina el funcionamiento interno de la universidad en materia de gestión y resolución de trámites.
Accede al “REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA”- Ordenanza Nº 101/72